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Desbancarización y corresponsales de banca

Banca
Foto: Freepik (Dragana_Gordic)

Xavier Fornt, profesor de Banca internacional en el MIM, aborda una posible solución al proceso de desbancarización en que nos encontramos sumidos desde hace unos años.

Hubo un tiempo, no tan lejano por cierto, en el que las entidades financieras competían por abrir más oficinas y estar más cerca de sus clientes. Sin embargo en la actualidad se ha revertido esta tendencia y estamos en un proceso de cierre de sucursales conocido como desbancarización.

Más allá de analizar las causas de esta creciente desbancarización (que sin duda las hay), con este artículo me gustaría paliar sus consecuencias estudiando posibles soluciones.

Si analizamos la evolución que el actual proceso de creciente desbancarización está siguiendo, vemos que en 2008 se alcanzó el pico en el número de oficinas bancarias en España con un total de 45.118. A partir de entonces, comenzó un vertiginoso proceso de descenso que en septiembre de 2021 se encontraba en 20.421 oficinas operativas. Menos de la mitad de las que había al inicio del proceso de desbancarización.

En áreas rurales, más de la mitad de los municipios se han quedado sin sucursales bancarias, con todos los problemas que ello conlleva, de sobra conocidos.

El problema podría resolverse mediante la reimplantación de una figura, muy popular en otros tiempos y hoy ya prácticamente extinguida, como es la del corresponsal de banca.

Esta figura antiquísima ya se contemplaba en el Reglamento del Banco de Sevilla en el año 1856, que en su título VI recoge y detalla las funciones de los comisionados y corresponsales.

Veamos algunos artículos interesantes al respecto:

Artículo 220, “En los pueblos en que la junta de gobierno considere conveniente tener comisionados corresponsales del Banco, determinará las clases de operaciones que han de poner a su cuidado”.

Artículo 221, “La junta de gobierno nombrará, a propuesta del director, los comisionados corresponsales, prefiriendo siempre las casas de comercio de mejor crédito o personas de probidad que posean 40 acciones del banco”.

Artículo 222, “Los comisionados corresponsales del banco harán de cuenta de éste las operaciones que les encargare el director, conformándose en su desempeño a las reglas administrativas del establecimiento”.

Esta figura del corresponsal de banca era utilizada no sólo por bancos del Estado español, sino también por entidades extranjeras, cuyos clientes tenían negocios en España. Encontramos muestra de ello en el Banco di Roma, que disponía de un corresponsal en la pequeña población tarraconense de Santa Coloma de Queralt.

El Sr. Magí Casajoanes Amorós, que era un reputado personaje y representante del banco en esta población, cubría además las vecinas localidades de Montblanc, Valls y Borges d’Urgell, según se desprende de un anuncio publicado en prensa del año 1923, donde se especificaba que en la subagencia de Santa Coloma de Queralt se hacían operaciones de banca, giros, cambio, bolsa, cupones y cartas de crédito.

Los corresponsales de banca fueron desapareciendo a medida que las entidades financieras iban aumentando el número de sucursales, pero quizás ahora, con el proceso inverso, podrían volver esas figuras, aunque eso sí, con funciones diferentes, adaptadas a las necesidades de los tiempos actuales (por ejemplo, enseñar, asesorar y acompañar a los clientes de mayor edad en su proceso de adaptación a la banca online).

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